Los contribuyentes que, en términos de las leyes del ISR, IEPS e IVA deban presentar declaraciones mensuales, provisionales o definitivas, correspondientes al mes de enero del ejercicio fiscal 2022, podrán presentarlas a más tardar el día 21 de febrero de 2022. Lo dispuesto en el presente artículo no se considerará un incumplimiento a las disposiciones fiscales, se puede leer en la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022.
Taxus SC
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